Sopela comisiones participativas NO

El pleno de Sopela Impide la participación de los y las vecinas

El pleno de Sopela impide la participación de los y las vecinas en las comisiones municipales.

El tripartito de Sopela (PNV, PSE y DB-TU) en el gobierno municipal ha unido sus fuerzas para impedir que las comisiones informativas del ayuntamiento sean abiertas a los y las vecinas. La ley de Instituciones Locales de Euskadi aprobada en el parlamento vasco en el 2016 con los votos favorables del PNV y EHBildu abre la puerta a esta posibilidad en su artículo 30 con la condición que el pleno así lo acepte por mayoría absoluta. (Al final el articulo completo)

Propuesta de EHBildu

En base a la ley y artículo citados, EHBildu presentó en el primer pleno de esta nueva legislatura (28 de junio) una enmienda para que “las Comisiones Informativas sean públicas y de acceso libre para todas las personas interesadas, pudiendo participar en las mismas como se realiza en la actualidad en los plenos: a su finalización los y las vecinas podrán hacer sus aportaciones”. Esta enmienda contó con 8 votos favorables (6 de EHBildu y 2 de Elkarrekin Podemos).

El tripartito de Gobierno de Sopela (PNV, PSE y DB-TU) en contra

Estos tres partidos unieron sus concejales-as, 9 en total y no aceptaron la enmienda. Es de reseñar la contradicción del PNV que en el parlamento vasco vota a favor de la ley, pero en Sopela vota en contra de su aplicación y también es reseñable la contradicción de DB-TU que en su programa electoral de hace un mes decía: “Participación ciudadana real”… eso sí… por medio de un portal digital… “participación sí, pero por ordenador”.

Dos intentos de EHBildu y 2 veces se impide que las comisiones sean abiertas.

La ley se aprobó en el 2016, pero algunos artículos fueron recurridos al Constitucional. Una vez que la ley entró definitivamente en vigor, EHBildu presentó en abril del 2018 una moción en el pleno sopelostarra con el mismo sentido que la actual enmienda. En aquel momento el PNV no permitió que la moción fuese discutida en pleno (ver video).

Argazkian: EHBilduren udal taldea

artículo 30 de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi (apartado 3):  “Las sesiones de los órganos complementarios, y especialmente de aquellos que tengan por objeto el estudio, informe o consulta de los asuntos que han de ser sometidos a la decisión del pleno, así como el seguimiento de la gestión de los órganos de gobierno, podrán ser públicas, si así lo acuerda el pleno de la entidad mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta del número legal de miembros o si así se previera en el reglamento orgánico municipal”. Los organos complementarios son las Comisiones Informativas ya que el Reglamento Orgánico Municipal de Sopela (ROM) en su artículo 15, dice: “Se constituirán Comisiones informativas que tendrán la naturaleza de órganos complementarias…. Con las funciones…. Estudio y emisión de dictamen sobre los asuntos de la competencia del Pleno Municipal”

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